miércoles, 20 de abril de 2011

¿Qué es el Bono Social? de luz

El Bono Social es una ayuda especial sobre las Tarifas de Ultimo Recurso para determinados colectivos sociales. Se trata de una congelación de las tarifas: desde el momento en que se solicite las tarifas quedarán congeladas para el usuario hasta el año 2012.

¿Quién puede acogerse?

En todos los casos, el beneficiario debe estar acogido a una Tarifa de Último Recurso, y el punto de suministro debe ser el de su residencia habitual.

* Personas físicas que no tengan contratada una potencia mayor de 3Kw.

* Jubilados mayores de 60 años que perciban una pensión mínima.

* Familias numerosas.

* Familias que tengan a todos sus miembros en paro.

» ¿Cuándo puede solicitarse?

Ya puede solicitarse. Toda la documentacion necesaria debe remitirse a la propia comercializadora personalmente o mediante el envío de un fax, de un mensaje de correo electrónico, o por correo postal. El Bono Social se hará efectivo el primer día del mes siguiente al día de recepción de la información completa si es antes del día 15, o de dos meses después en caso de enviar la documentación más tarde del día 15 del mes.

Cabe recordar que aunque no se pida ahora puede pedirse más adelante, es decir, no hay una fecha límite para solicitarlo. Podrá solicitarse en cualquier momento durante los años en los que esté vigente.

» ¿Qué documentación necesito?

Para consumidores con potencia inferior a 3Kw:

No deben hacer nada: automáticamente se beneficiarán del Bono Social a partir del 1 de Julio. 

Para Familias Numerosas:

Rellenar la solicitud (Socilitud del Bono Social para Familias Numerosas, PDF, 177Kb) 

Acreditarlo mediante el carnet correspondiente (según lo establecido en la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas) 

Para Jubilados mayores de 60 años y perceptores de pensión mínima:

Rellenar la solicitud (Socilitud del Bono Social para Jubilados, PDF, 177Kb) 

Acreditar su condición de Jubilados con derecho al Bono Social 

Llevarla en mano a la oficina de la empresa distribuidora o enviarla por correo postal, fax o email que su distribuidora le indique 

Para familias con todos sus miembros en paro:

Adjuntar la solicitud (Solicitud del Bono Social para desempleados, PDF, 178Kb) 

Acreditar la situación de desempleo de todos los miembros activos de la unidad familiar. Esta gestión la hará directamente la propia comercializadora, solicitando que la Tesorería de la Seguridad Social acredite dicha situación, (BOE del 29 de Junio de 2009, Sección 1, página 53830). Esto supone que todos deben estar inscritos en el registro de personas desempleadas (estar dado de alta en el INEM) 

» Baja en el Bono Social y multas

Los Beneficiarios del Bono Social están obligados a informar a su comercializadora en cuanto dejen de tener derecho a él (por ejemplo, cuando uno de los miembros que estaba en paro encuentre trabajo). De no ser así, la multa consistiría en volver a calcular lo facturado desde el momento en que se dejó de tener derecho al Bono Social, aplicando un recargo del 10%, y cobrando al titular la diferencia entre lo que había pagado y las nuevas facturas con el recargo.

Bonos

Por Ulises Ramírez

 

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario